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Villavicencio exonera impuestos a afectados por emergencias y desastres

Mediante el Decreto 144 de 2025, la Alcaldía de Villavicencio estableció una exención tributaria dirigida a personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho que hayan resultado afectadas por actos terroristas, incendios o catástrofes naturales dentro del municipio.

La medida beneficiará especialmente a quienes sufrieron daños durante la ola invernal de julio, uno de los eventos climáticos más fuertes registrados este año en la ciudad. De acuerdo con Yolanda Cardona, secretaria de Hacienda de Villavicencio, el decreto permitirá que los damnificados queden eximidos del pago de impuesto predial, industria y comercio, y delineación urbana, a partir de la vigencia fiscal de 2026.

“Este beneficio aplica para propietarios de bienes que hayan sido directamente afectados por emergencias reconocidas oficialmente. La exoneración se aplicará una vez se cumplan los requisitos y se verifique la documentación”, explicó la funcionaria.

Para acceder a la exención de impuestos en Villavicencio, los interesados deberán presentar un certificado que acredite su condición de afectado. En casos de emergencia invernal, el documento debe ser expedido por la Oficina de Gestión del Riesgo; en casos de actos terroristas, por la Dirección de Víctimas de la Secretaría de Gestión Social.

Adicionalmente, los solicitantes deben adjuntar:

- Fotografías del inmueble afectado

- Documento que acredite la propiedad, posesión o usufructo del bien

- Envío formal de la solicitud a la Dirección de Impuestos de Villavicencio

Esta medida busca aliviar la carga fiscal de quienes han perdido parcialmente o totalmente sus bienes por causas de fuerza mayor, al tiempo que representa un avance en la gestión tributaria en contexto de desastres en la capital del Meta.

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