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Después de casi una década, termina con absolución proceso contra Carlos Carreño

Casi diez años después de iniciarse el proceso judicial, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Villavicencio absolvió, en primera instancia, al expresidente del Concejo Municipal Carlos Alberto Carreño Pedraza, quien era investigado por un contrato relacionado con el concurso para elegir al Contralor de la ciudad.

La decisión se produjo luego de que el despacho concluyera que la Fiscalía no logró demostrar que Carreño hubiera direccionado la contratación para favorecer a Diana Patricia Herrera Fernández, quien finalmente fue la única oferente en el proceso.

El caso se originó en el contrato 011 de 2016, por cerca de 19 millones de pesos, mediante el cual el Concejo buscaba contratar un operador que apoyara el concurso público de méritos para la elección del Contralor Municipal.

Durante el proceso, la Fiscalía sostuvo que las condiciones de la invitación pública pudieron haber sido modificadas para permitir la participación de personas naturales y favorecer a Herrera Fernández. Sin embargo, durante el juicio no se logró acreditar la existencia de un acuerdo previo entre el entonces presidente del Concejo y la contratista.

De hecho, la propia Fiscalía solicitó la absolución de Carreño al considerar que no existían elementos suficientes para demostrar el supuesto direccionamiento del contrato.

El juez sí encontró una irregularidad relacionada con el trámite de contratación. El poder presentado por la contratista figuraba como autenticado, pero posteriormente se estableció que no cumplía realmente con esa formalidad.

No obstante, el despacho determinó que tampoco se demostró que Carreño conociera esa situación y que, pese a ello, hubiera decidido deliberadamente ignorarla.

La sentencia también valoró que antes de la contratación se habían presentado varios intentos fallidos para contratar el proceso con universidades e instituciones de educación superior.

Con estos elementos, el juzgado concluyó que las sospechas y las irregularidades encontradas no eran suficientes para establecer responsabilidad penal más allá de toda duda razonable.

Carlos Alberto Carreño Pedraza fue absuelto de los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

La decisión corresponde a la primera instancia y, por tanto, el proceso aún podría tener una segunda etapa ante la jurisdicción correspondiente.

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