La Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco) presentó ante el Consejo de Estado una demanda de nulidad contra el Decreto 1469 de 2025, mediante el cual el Gobierno nacional fijó el salario mínimo para 2026 con un incremento del 23,7 %. La acción judicial fue acompañada de una solicitud de suspensión provisional urgente, al considerar que la medida se adoptó por fuera de los parámetros legales y constitucionales.
Según explicó Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, el Gobierno sustituyó los criterios obligatorios para definir el salario mínimo —inflación, productividad, crecimiento del PIB y participación de los salarios en el ingreso nacional— por el concepto de “salario vital”, apoyado en referentes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que, advirtió, no tienen carácter vinculante en Colombia.El dirigente gremial también cuestionó que el decreto desconozca la competencia exclusiva del Dane como autoridad técnica encargada de definir y certificar la canasta del Índice de Precios al Consumidor (IPC), base oficial para medir la inflación en el país.
Fenalco advirtió además que el decreto no explica de manera clara ni verificable cómo se pasó de un escenario económico que, según sus análisis, justificaba ajustes cercanos al 6,21 %, a un incremento del 23,7 %, sin un soporte técnico sólido que respalde esa diferencia. Para el gremio, esta falta de justificación genera incertidumbre y debilita la seguridad jurídica.
En la solicitud presentada ante el alto tribunal, Fenalco alertó que la aplicación del decreto podría generar efectos irreversibles, entre ellos mayores presiones inflacionarias, pérdida de empleo formal, aumento de la informalidad, afectación del aparato productivo y deterioro de las finanzas públicas.
Por estas razones, el gremio pidió que se suspenda la aplicación del decreto mientras avanza el estudio judicial de fondo. “Esta no es una discusión contra los trabajadores, que terminarán afectados por la inflación que genere la medida; es una defensa del Estado de Derecho y de la estabilidad económica del país”, concluyó Cabal, al señalar que debe prevalecer el interés general.

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