De acuerdo con la sentencia del alto tribunal el acto administrativo “Por medio del cual se modifica el Decreto No. 688 del 13 de diciembre de 2019 mediante el cual se liquida el Presupuesto de Rentas, Recurso de capital y apropiaciones de Gastos para el Municipio de Villavicencio- Vigencia fiscal 2020”, no cumple con los requisitos de ley y presenta serios vicios de nulidad.
El documento advierte además qué, el decreto se expidió el 17 de abril de 2020, es decir, con posterioridad a la vigencia de dicha declaratoria, por lo tanto, no es posible realizar su estudio bajo la óptica del Decreto 512 de 2020, pues, fue proferido fuera del periodo dentro del cual el Alcalde Municipal podía hacer uso de tales facultades pro tempore.
Por otro lado los concejales que hacen hoy parte de la oposición, cuestionaron que el mandatario local se haya 'pasado por la faja' a esa Corporación a la hora de tramitar la modificación presupuestal.
El Tribunal Administrativo del Meta, compulsó copias del fallo al Procurador 48 Judicial, lo que implica una investigación de carácter administrativo e incluso penal en contra del mandatario local y los funcionarios inmersos en la elaboración y trámite del documento.
Aquí está la sentencia del Tribunal
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