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La falla jurídica que tiene en jaque el proceso de revocatoria en Villavicencio

La revocatoria de mandato contra el alcalde de Villavicencio, Alexander Baquero Sanabria, atraviesa uno de sus momentos más críticos y podría terminar archivada por un error que, en términos jurídicos, resulta determinante: la entrega extemporánea de los estados contables del comité promotor.

El proceso, impulsado por el movimiento “Villavicencio Digna - ¡Revocatoria Ya!”, logró reunir el respaldo de 70.698 ciudadanos, convirtiéndose en una de las expresiones más visibles de control político ciudadano en la capital del Meta. Sin embargo, la iniciativa hoy enfrenta un serio obstáculo legal que pone en duda su continuidad.

El plazo que venció

De acuerdo con la Ley Estatutaria 1757 de 2015, tras la entrega de las planillas de apoyo, el comité promotor contaba con 15 días hábiles para presentar sus estados financieros y libros contables ante la autoridad electoral correspondiente.

Las firmas fueron radicadas el 2 de febrero de 2026, por lo que el plazo legal vencía el 23 de febrero.

No obstante, según el análisis jurídico del caso, la documentación habría sido presentada el 3 de marzo de 2026, es decir, 10 días después del vencimiento del término legal.

En materia electoral, estos plazos tienen carácter preclusivo, lo que significa que, una vez vencidos, no admiten prórroga ni corrección posterior.

La radicación en la autoridad equivocada

A la entrega fuera de tiempo se suma otro elemento que agrava la situación: la presunta radicación de los documentos en Bogotá ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) y no ante la Registraduría Especial de Villavicencio, donde se tramita la iniciativa.

La Ley 1757 establece que los estados contables deben presentarse ante la Registraduría del Estado Civil correspondiente, razón por la cual este error podría ser interpretado como un incumplimiento material del requisito.

La controversia tomó fuerza luego de que la registradora especial Edna Lorena Guevara Mendoza, mediante radicado del 31 de marzo de 2026, certificara que en esa oficina no reposaban los libros contables del proceso.

Solicitan el archivo

Con base en estos hechos, el abogado Saúl Villar Jiménez, apoderado del alcalde Alexander Baquero, solicitó formalmente la expedición de la resolución de no cumplimiento de requisitos constitucionales y legales de la iniciativa, así como el archivo definitivo del proceso.

La petición se fundamenta en el artículo 15 de la Ley 1757 de 2015 y en el numeral 3 del artículo 10 de la Resolución 8628 de 2024, normas que establecen que el trámite debe cerrarse cuando no se cumplan los requisitos legales, entre ellos la entrega oportuna de la contabilidad.

Una revocatoria en jaque

El caso deja abierta una discusión de fondo sobre la relación entre participación ciudadana y rigor legal.

Mientras los promotores defienden la legitimidad política del respaldo ciudadano, el proceso parece quedar atrapado en la estricta aplicación de la norma.

La decisión final quedará en manos de la Registraduría, que deberá definir si la revocatoria continúa su curso o si, por el contrario, termina sepultada por un error de procedimiento.

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