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Consejo de Estado limita el uso de alocuciones presidenciales por parte de Petro

La utilización de las alocuciones presidenciales volvió al centro del debate nacional. El Consejo de Estado falló a favor de un grupo de ciudadanos que denunció un uso “indebido y desproporcionado” de este mecanismo por parte del presidente Gustavo Petro, al considerar que su reiteración vulneró el pluralismo informativo y sobrepasó los límites constitucionales.

El pronunciamiento, con ponencia del magistrado Alberto Montaña Plata, advierte que las alocuciones presidenciales solo pueden emplearse en circunstancias excepcionales y urgentes, como desastres naturales, crisis institucionales o alteraciones graves del orden público. En otras palabras, no pueden convertirse en un canal permanente de comunicación política ni en un instrumento de difusión de mensajes partidistas.

De acuerdo con el fallo, las transmisiones repetidas por los canales públicos y privados afectaron el derecho de los ciudadanos a recibir información diversa y libre, principio esencial en una democracia. El alto tribunal recordó que la libre elección de contenidos y la independencia editorial de los medios son pilares del sistema comunicativo colombiano y deben protegerse frente a cualquier intento de intervención indebida desde el poder Ejecutivo.

Con esta decisión, el Consejo de Estado marca un precedente sobre los límites institucionales en el uso de los espacios oficiales de comunicación presidencial, al tiempo que reitera la necesidad de preservar el equilibrio informativo y la autonomía de los medios en el país.

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